GUÍA PARA LA REALIZACIÓN DE MEMORIA SIMPLIFICADA DE ACTIVIDAD DE EXPLOTACIÓN EQUINA

Se adjunta Guía para la realización de memoria simplificada de actividad de explotación equina. Su presentación será preceptiva para el alta de solípedos en el Registro de Explotaciones de Extremadura de la Junta de Extremadura, exceptuando de ello a aquellas catalogadas como de “pequeña capacidad” para las que, según el artículo 3 del Real Decreto 804/2011, se determina un censo máximo de 5 unidades de ganado mayor (UGM)[1] o de 10 UGM en el caso de animales de abasto.

La presente Guía contempla las condiciones mínimas respecto a ubicación, construcciones e instalaciones, condiciones higiénico-sanitarias y de bienestar animal establecidas en el Real Decreto 804/2011, de 10 de junio, por el que se  regula la ordenación zootécnica, sanitaria y de bienestar animal en las explotaciones equinas y se establece el plan sanitario equino.

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