Puedes solicitar Alta o Baja en la Sede electrónica del Colegio
1. En el artículo 28 del capítulo I del título III de los Estatutos del Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres se dispone que dentro de la legislación básica del Estado y de la legislación sobre Colegios de la Comunidad Autónoma de Extremadura será requisito indispensable y previo para el ejercicio de la profesión de veterinario en la provincia de Cáceres, en cualquiera de sus modalidades, la incorporación al Ilustre Colegio Oficial de Veterinarios de Cáceres, de forma colegiada o habilitado de otro colegio provincial.
2. Los requisitos para la colegiación son los siguientes:
a. Ser de nacionalidad española o de alguno de los Estados miembros de la U.E., salvo lo dispuesto en tratados o convenios internacionales o dispensa legal.
b. Ser mayor de edad y no estar incurso en causa de discapacidad
c. Estar en posesión del título de Licenciado en Veterinaria o de títulos extranjeros que, conforme a las normas vigentes, sean homologados a aquellos, todo ello de acuerdo con lo previsto también en las normas y acuerdos de la U.E.
d. No haber sido condenado por sentencia firme que en el momento de la solicitud le inhabilite para el ejercicio profesional.
e. Satisfacer la cuota de ingreso y demás que tenga establecida el Colegio.
3. Documentación y trámites
a. Solicitud de incorporación, en documento normalizado
b. Título oficial, o testimonio notarial del mismo con certificación académica, o en su defecto el justificante por la Universidad de procedencia del abono de los derechos de expedición del título.
c. Expediente académico.
d. Si el solicitante procediera de alguno de los países miembros de la U.E., deberá presentar la documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos exigidos por la normativa comunitaria.
e. Fotocopia del D.N.I.
f. 2 fotografías tamaño carnet
g. Datos bancarios.
El solicitante hará constar que va a ejercer la profesión, lugar en el que va a hacerlo y modalidad de aquella, y la especialidad, en su caso.
Corresponde a la Junta de Gobierno resolver las solicitudes de incorporación en el plazo máximo de un mes. Pasado ese plazo, sin contestación, se entenderán aprobadas.
4. Cuotas
a.- Cuota de alta = 120,20 €
b.- Cuota trimestral = 55,68 € (de los cuales 20,52 € son destinados al Colegio y 35,16 € al Consejo General de Colegios Veterinarios de España)
c.- Están exentos del abono de las cuotas los colegiados de honor y los jubilados, salvo que continúen ejerciendo el ejercicio profesional. También están exentos del abono de la cuota colegial los colegiados que se encuentren en paro, siempre que cumplan los requisitos que figuran en este enlace y que presenten la documentación en tiempo y forma.
BAJA COLEGIAL
Por baja voluntaria: mediante solicitud motivada a la Junta de Gobierno a través de los modelos anexos a continuación.
Por condena firme que lleve consigo la accesoria de inhabilitación para el ejercicio de la profesión.
Por sanción firme de expulsión acordada en expediente disciplinario
Por fallecimiento
Las bajas serán comunicadas Al Consejo General de Colegios Veterinarios de España y al Consejo de Colegios Profesionales Veterinarios de Extremadura.
Las bajas no liberan del cumplimiento de las deudas vencidas.