España actualiza el anexo I de la Orden AAA/2029/2014, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Resolución de 4 de noviembre de 2014, de la Dirección General de Sanidad de la Producción Agraria, por la que se actualiza el anexo I de la Orden AAA/2029/2014, de 29 de octubre, por la que se establecen medidas específicas de protección en relación con la lengua azul.

Se actualizan las zonas restringidas frente a los serotipos 1 y 4 del virus de la lengua azul:a) Comunidad Autónoma de Andalucía:1.º Las provincias de Huelva, Sevilla, Cádiz, Málaga y Córdoba.2.º En la provincia de Jaén, las comarcas de Jaén, Linares y Andújar.b) Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha: En la provincia de Ciudad Real las comarcas de Almadén, Almodóvar del Campo y Piedrabuena (antiguas comarcas de Piedrabuena y Horcajo de los Montes).c) Comunidad Autónoma de Extremadura:1.º En la provincia de Badajoz las comarcas de Don Benito, Castuera, Herrera del Duque, Azuaga, Zafra y Mérida.2.º En la provincia de Cáceres las comarcas de Logrosán (Zorita) y Trujillo.

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