Reglamento para el ejercicio profesional en Clinica de Pequeños Animales
El 1 de mayo de 2004 comenzó a aplicarse el Reglamento para el ejercicio profesional en Clínica de Pequeños Animales, aprobado en Asamblea de Presidentes del Consejo General de Colegios Veterinarios de España, por el cual se creó un Registro de profesionales y centros veterinarios.
A modo de recordatorio, el artículo 10 de citado reglamento prohibe el ejercicio profesional de ia clínica de pequeños animales a aquel veterinario que no esté inscrito en el registro; en consecuencia TODOS AQUELLOS VETERINARIOS QUE EN SU EJERCICIO DIARIO TENGAN RELACIÓN LABORAL CON LOS PEQUEÑOS ANIMALES TIENEN QUE INSCRIBIRSE EN EL REGISTRO.
Para ello deberán presentar en el colegio la Solicitud que se os adjunta debidamente cumplimentada y presentar la documentación requerida según la actividad que realicéis.
Documentos a aportar:
1. Fotocopia de alta en el IAE o impuesto equivalente que le autorice a realizar la actividad solicitada.
2. Relación de criaderos o tiendas para los que ha sido contratado como veterinario asesor.
3. Escrito en el que figuren el tipo de relación establecido entre ambas partes del punto anterior, además de indicar dedicación y horarios que se van a realizar para cada una de ellas.
4. Modalidad que se pretende ejercer según el reglamento del registro de clínicas (Consultorio, clínica u hospital) en las relaciones mencionadas en el punto 2.
5. Modelo o copia de contrato a formalizar o formalizado de las relaciones mencionadas en el punto 2.
6. Firma del veterinario afirmando que conocen este Reglamento y el Código Deontológico de la profesión veterinaria.
Todas las solicitudes deberán estar en este colegio antes del 15 de junio de 2012. Sin más a la espera de tus noticias recibe un cordial saludo.